2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo V - Escalamientos y Otras Entradas Ilegales
§ 5264. Escalamiento

Toda persona que penetre en una casa, edificio u otra construcción o estructura, o sus dependencias o anexos, con el propósito de cometer cualquier delito de apropiación ilegal o cualquier delito grave, incurrirá en delito grave y será sancionada con pena de reclusión por un término fijo de tres (3) años.