Cualquier profesional de difícil reclutamiento podrá solicitarle al Secretario del DDEC los beneficios económicos que se proveen en la sec. 45143 de este título. Los nuevos residentes profesionales de difícil reclutamiento que obtengan un decreto bajo este capítulo, estarán exentos de la aportación de diez mil dólares ($10,000) a entidades sin fines de lucro dispuesta en la sec. 48530(b) de este título.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico