2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 322 - Prohibición de Acopiar o Recopliar Información Personal de un Consumidor
§ 4234. Establecimentos comerciales excluidas

(a) La evaluación del ciudadano cuando éste voluntariamente la provea para propósitos de obtener ventajas, ofertas comerciales y beneficios económicos que de otra forma no estarían disponibles.
(b) cuando la información personal específica resulte necesaria y conveniente para culminar algún trámite, como lo podría ser la dirección residencial y el número de teléfono para la entrega de los productos adquiridos; la descripción física del consumidor para algún elemento específico del producto o servicio adquirido.
(c) para propósitos de cualificar o precualificar a un consumidor cuando éste voluntariamente lo provea para propósito de alguna transacción dirigida a la adquisición de bienes o servicios.