(a) Para sufragar gastos de publicación en los periódicos de mayor circulación, de los nombres de aquellos reclamantes que no hayan podido ser localizados a través de otros medios y para sufragar cualquier otra gestión dirigida hacia ese fin que el Secretario del Trabajo y Recursos Humanos considere adecuada.
(b) Para fortalecer y darle más efectividad a las actividades de investigación de querellas, cobro de reclamaciones y acciones judiciales iniciadas por el Secretario del Trabajo y Recursos Humanos en beneficio de los trabajadores.
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