El Secretario del Departamento de Salud de Puerto Rico someterá al Gobernador de Puerto Rico y a la Asamblea Legislativa, ante la Secretaría de ambos Cuerpos, informes detallados sobre las operaciones del Centro, dentro de los treinta (30) días siguientes al cierre de cada año fiscal.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Parte VII - Hospitales, Instituciones y Programas sobre Salud
Capítulo 171 - Ley de Centros Pediátricos de Salud para Niños con Necesidades Especiales en Mayagüez
§ 3993b. Estructura de la clínica
§ 3993d. Comité Interagencial sobre Niños con Condiciones Especiales
§ 3993e. Composición de la Junta