2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo II - Administradores
§ 3974. Aportaciones por un administrador

Un administrador de una CRL podrá hacer aportaciones a la CRL y participar en las ganancias y pérdidas, y en las distribuciones de la CRL como miembro. Una persona que es miembro y administrador, tiene los derechos y facultades y está sujeto a las restricciones y obligaciones, de un administrador y excepto que otra cosa se disponga en el CCRL, también tiene los derechos y facultades, y está sujeto a las restricciones y obligaciones de un miembro en la medida de su participación como miembro en la CRL.