La suma que se estime necesaria, como ayuda para el Municipio de Ponce, para ayudar a los gastos técnicos y sostenimiento del equipo de electroterapia para el tratamiento del cáncer que dicho municipio tiene establecido en el Hospital Tricoche en dicha municipalidad, se consignará en el proyecto de presupuesto general de gastos del Gobierno estatal, de acuerdo con las disposiciones del Título II de la Ley Núm. 213, aprobada en 12 de mayo de 1942.