2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo III - Traslado de Cadáveres
§ 3795. Traslado dentro de la jurisdicción de Puerto Rico

Para trasladar un cadáver, de un municipio a otro, no será requisito el solicitar un permiso de traslado. El permiso de traslado se solicitará única y exclusivamente cuando el traslado sea fuera de la jurisdicción de Puerto Rico.