A solicitud escrita del traficante, mediante una declaración jurada, el Secretario autorizará la importación o introducción de bebidas alcohólicas previa prestación de una fianza a favor del Gobierno de Puerto Rico por el monto de los impuestos pagaderos sobre dichos licores.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 13 - Contribuciones y Finanzas
Subtítulo 17 - Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico
Parte VI - Impuestos Sobre Bebidas Alcohólicas
Capítulo 1053 - Producción, Importación e Introducción De Espíritus y Bebidas Alcohólicas
Subcapítulo B. Importación e Introducción De Espíritus y Bebidas Alcohólicas (§§ 32491 — 32496)
§ 32491. Requisito previo para importador
§ 32492. Entrega de bebidas por porteadores
§ 32493. Requisitos para importar o introducir espíritus destilados o bebidas alcohólicas
§ 32494. Responsabilidad contributiva