2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 32 - Programa de Retiro Temprano de la Autoridad de Tierras
§ 306. Reclamaciones pendientes

Se dispone que no se condicionará la oportunidad de los empleados elegibles a acogerse al Programa de Retiro Temprano Voluntario a que renuncien a reclamaciones judiciales o administrativas contra la Autoridad y el Departamento de Agricultura, presente o pendiente de adjudicación.