2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 304 - Cuenta Especial de Aportaciones para Gastos Funerarios
§ 3003. Recibo

Recibida la aportación, la funeraria le entregará al aportador un recibo de la aportación de pago debidamente identificado con el nombre de la funeraria y suscrito por firma autorizada. Le entregará, además, una tarjeta igualmente identificada, la cual el aportador entregará al solicitante (contratante) de los servicios funerarios certificándole así su contribución hacia el costo funeral.