Toda persona que de buena fe hubiere sido citada para comparecer como testigo ante un tribunal, juez, comisionado, árbitro u otra persona, en un asunto en que la desobediencia del testigo aparejaría castigo por desacato, queda exento de arresto en una acción civil durante el tiempo que se hallare en camino hacia el lugar de la comparecencia, necesariamente permaneciere allí y regresare de dicho lugar.