(a) La reglamentación requerida para llevar a cabo las disposiciones, objetivos y el fin de este capítulo.
(b) La coordinación y cooperación efectiva entre todas las agencias gubernamentales y los municipios de Puerto Rico.
(c) Las gestiones o acciones pertinentes para proveer al Departamento de Hacienda, y a los municipios de Puerto Rico los recursos necesarios para el cobro, investigación, fiscalización, implantación y estudio, entre otros, del impuesto sobre ventas y uso y del cobro de deudas pendientes.
(d) Las gestiones o acciones pertinentes con las agencias gubernamentales para garantizar el sueldo, beneficios y derechos de cada empleado que integre la Unidad Especializada de Cobro del Impuesto sobre Ventas y Uso y del Cobro de Deudas Pendientes.
(e) Crear y promover la participación de los municipios de Puerto Rico para establecer equipos y planes de trabajo en conjunto con la Unidad Especializada de Cobro del Impuesto sobre Ventas y Uso y del Cobro de Deudas Pendientes.