2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 7 - Reglamentación de Vehículos de Motor y del Tránsito
§ 194. Uso de sirenas

Se prohíbe el uso de sirenas en todo vehículo de motor, público o de uso privado, del Gobierno estadual, municipal o del Gobierno de la Capital, y en bicicletas de pedal, con excepción de aquellos vehículos destinados a ambulancias, bombas de incendio y vehículos de la Policía de Puerto Rico.