2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo III - Socios
§ 1721. Matrícula

Podrá ser socio de una cooperativa juvenil, todo joven menor de veintinueve (29) años de edad, matriculado en una escuela, institución universitaria o residente en la comunidad donde se organice una cooperativa juvenil y que cumpla con los requisitos de admisión establecidos en sus cláusulas de incorporación y reglamento interno.