Antes de ser egresado de la institución penal o juvenil, el confinado o joven interno deberá ser orientado en relación con su enfermedad. Sus familiares deberán ser orientados sobre las medidas de protección a tomarse para evitar contagio, sobre todo en casos de pacientes de SIDA.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Parte V - Correccion y Libertad Bajo Palabra
§ 1601. Egreso de confinados—Condiciones
§ 1602. Egreso de confinados—Orientación compulsoria
§ 1603. Egreso de confinados—Autorización requerida
§ 1604. Egreso de confinados—Pase extendido
§ 1605. Egreso de confinados—Elaboración de normas