2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo III - Responsabilidades
§ 16. Empresa privada

(a) La empresa privada podrá proveer apoyo al esfuerzo de educación que realiza el Gobierno adoptando una escuela y ayudando a su desarrollo de facilidades físicas y mejorando su entorno.
(b) Podrá proveer adiestramientos en destrezas básicas de trabajo. Los programas de adiestramiento pueden enfocarse en destrezas interpersonales, manejo de la computadora, participación en reuniones y trabajo en equipo. Estos adiestramientos pueden ayudar a los jóvenes a realizar una transición más directa al mundo del trabajo cuando terminen la escuela superior.
(c) Podrá proveer oportunidades de empleo a los estudiantes en horario después de clases, durante el verano y la Navidad e internados que les permitan mantenerse alejados de ambientes propensos a la violencia siempre que los mismos cumplan con las leyes y reglamentos aplicables. Se presume que estas oportunidades de empleo ayudarán a los estudiantes a valorar el significado del trabajo.
(d) Apoyar programas y actividades escolares y la adquisición de recursos que mejoren el ambiente de aprendizaje en las escuelas.
(e) Para lograr una efectiva consecución de este capítulo, las empresas privadas participantes deben brindar tiempo a los padres para que éstos se envuelvan activamente en aquellas conferencias, actividades y programas que sean promovidas por la escuela. De esta manera, se presume que los padres asistirían con mayor regularidad a las actividades de sus hijos y mantendrían un mayor contacto con los miembros de la comunidad escolar.