Se crea un fondo que será para uso y beneficio exclusivo del Programa, el cual se conocerá como “Fondo Especial del Programa de Adopción de Boyas de Amarre” adscrito al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales. Los fondos recaudados por concepto de donativos ingresarán al Fondo Especial y se utilizarán para los gastos de administración, operación del sistema de boyas de amarre y divulgación de información acerca de este capítulo y su reglamento.
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