El Secretario de Salud dispondrá por reglamento las normas que regirán el Registro para que se lleven a cabo los procedimientos relacionados con la investigación y estudio de la enfermedad de Alzheimer, la enfermedad de Huntington u otras demencias, y coordinará con el Recinto de Ciencias Médicas de la Universidad de Puerto Rico y con otras instituciones médicas en o fuera de Puerto Rico que realicen estudios similares, el asesoramiento necesario para cumplir con las disposiciones de este capítulo.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Parte X - Profesionales de la Salud
Capítulo 602 - Registro de Casos de la Enfermedad de Alzheimer
§ 12011. Creación del Registro
§ 12012. Registro formará parte del Centro para la Coordinación de Servicios
§ 12013. Informar sobre casos de Alzheimer, Huntington y otras demencias por escrito al Centro
§ 12014. Relevación de responsibilidad civil al informar sobre casos de Alzheimer
§ 12015. Informes al Centro; confidenciales
§ 12016. Utilización de la información
§ 12017. Examinación y estudio analítico de los tejidos cerebrales