Los informes se notificarán al Centro para la Coordinación de Servicios a Personas Afectadas con la Enfermedad de Alzheimer adscrito al Departamento de Salud en unos formularios especialmente diseñados y contendrán aquella información relevante para el estudio y seguimiento de estos casos. Al procesar la data, el Centro para la Coordinación de Servicios a Personas Afectadas con la Enfermedad de Alzheimer adscrito al Departamento de Salud, deberá sustituir el nombre del paciente por un código alfanumérico. Los informes luego serán clasificados como “confidenciales” y deberán archivarse en un área de acceso restringido.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Parte X - Profesionales de la Salud
Capítulo 602 - Registro de Casos de la Enfermedad de Alzheimer
§ 12011. Creación del Registro
§ 12012. Registro formará parte del Centro para la Coordinación de Servicios
§ 12013. Informar sobre casos de Alzheimer, Huntington y otras demencias por escrito al Centro
§ 12014. Relevación de responsibilidad civil al informar sobre casos de Alzheimer
§ 12015. Informes al Centro; confidenciales
§ 12016. Utilización de la información
§ 12017. Examinación y estudio analítico de los tejidos cerebrales