2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 89 - Exposiciones Deshonestas, Espectáculos, Libros e Impresos Obscenos, Burdeles y Demás Casas Escandalosas
§ 1187. Casas de lenocinio, etc., como estorbo público—Aviso de lis pendens

Al iniciar la acción el Secretario de Justicia solicitará y el correspondiente registrador de la propiedad anotará, libre de derechos, aviso de lis pendens según el art. 91 del Código de Enjuiciamiento Civil, para los fines expresados en dicho artículo.