(a) Los regalos de costumbre;
(b) los gastos de alimentación, educación y asistencia en enfermedades de parientes dentro del cuarto grado, aunque el causante no tuviera la obligación de prestarlos; y
(c) las hechas por el causante si han transcurrido diez (10) años o más desde que se hicieron hasta su fallecimiento.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Subtítulo 11 - La Sucesión por Causa de Muerte
Capítulo 777 - La División y la Adjudicación
§ 11671. El cómputo del caudal
§ 11672. Liberalidades no computables
§ 11673. Imputación de liberalidades a legitimarios
§ 11674. Imputación de liberalidades a extraños
§ 11676. Prelación en la reducción de liberalidades