2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 69 - Registro Digital de Máquinas Expendedoras
§ 1152. Creación, marbete digital y reglamentación

(a) Número único de identificación de la máquina expendedora.
(b) Nombre del lugar en donde se ha autorizado su ubicación.
(c) Localización exacta de su ubicación dentro del lugar autorizado.
(d) Toda licencia, certificación, patente, permisos o documento requerido para operar o llevar a cabo la actividad comercial, incluyendo fechas de vigencia, expedición y expiración.
(e) Nombre y teléfono del dueño de la máquina.
(f) Cualquier otra información que a juicio de la Oficina de Gerencia de Permisos sea necesaria para cumplir con los propósitos de este capítulo.