En cada agencia bajo el acuerdo cooperativo los fondos presupuestados para los proyectos con el U.S. Geological Survey serán consignados anualmente en el fondo especial en el Departamento de Hacienda según esta sección y el Artículo 8 de esta Ley. Cuando una agencia miembro del Comité de Acuerdo Cooperativo quiera contratar separadamente con el U.S. Geological Survey tendrá que consultar el Presidente y Tesorero del Comité de Acuerdo Cooperativo para poder determinar [si] los servicios que se pretenden no están incluidos en el contrato principal que suscribirá el U.S. Geological Survey con el Comité de Acuerdo Cooperativo.