(a) Una sala de asistencia tecnológica para ofrecer los servicios bibliotecarios inclusivos de asistencia tecnológica o ubicar los equipos de asistencia tecnológica a través de toda su biblioteca, de forma tal que los servicios bibliotecarios sean accesibles para las personas con impedimentos.
(b) Al menos un recurso capacitado en asistencia tecnológica a través de una certificación en AT, ofrecida por el PRATP o una institución reconocida por éste, dirigida a proveer y fortalecer conocimientos en la utilización de programas y equipos de asistencia tecnológica, entre otros. Estos servicios no sustituirán los servicios de asistencia tecnológica bajo la responsabilidad legal de otras entidades públicas o privadas.
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