2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo II - Programa de Política Pública Energética del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio
§ 1052. Creación del Programa de Política Pública Energética del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio

(a) Se crea el Programa de Política Pública Energética, en adelante “Programa”, como parte del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio que se encargará de desarrollar y promulgar la política pública energética del Gobierno de Puerto Rico. Todas las órdenes o reglamentos del Programa se expedirán a nombre del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio.
(b) El Programa será dirigido por el Secretario del Departamento de Desarrollo Económico y Comercio y estará compuesto por el personal que él mismo reclute.
(c) El Departamento de Desarrollo Económico y Comercio deberá contar en su portal de Internet con información sobre el Programa y sobre sus gestiones para el desarrollo y promulgación de la política pública energética del Gobierno de Puerto Rico.