2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 707 - La Sociedad
§ 10506. Disolución de la sociedad constituida por tiempo convenido

La sociedad constituida por tiempo convenido puede ser disuelta antes de vencer el plazo si existe justo motivo para su disolución, como el de faltar uno de los socios a sus obligaciones, el de inhabilitarse para los negocios sociales, u otro semejante a juicio de los tribunales.