2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo I - Fomento y Desarrollo de Mercados Agrícolas
§ 105. Facultad para contratar

El Secretario de Agricultura queda por la presente autorizado a concertar acuerdos y contratos de cooperación o de otras índoles con personas y agencias e instrumentalidades del gobierno federal, estadual o municipal cuando él lo estime necesario o útil para la mejor realización de los propósitos de las secs. 101 a 105 de este título.