El comitente puede resolver el contrato cuando las variaciones necesarias implican un aumento del veinte por ciento (20%) del precio convenido. Esta facultad debe ejercitarla dentro de los cinco (5) días de haber conocido la necesidad de la modificación y su costo estimado.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Subtítulo 10 - Los Contratos y Otras Fuentes de las Obligaciones
Parte II - Los Contratos en Particular
Capítulo 700 - El Contrato de Obra
Subcapítulo IV - Ineficacia del Contrato de Obra
§ 10281. Causas de la ineficacia
§ 10282. Consecuencias de la extinción
§ 10283. Resolución por variaciones necesarias