2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 67 - Venenos
§ 1003. Sustancias venenosas—Excepciones en anotaciones

No será necesario hacer entrada alguna en el libro de anotaciones que se menciona en la sec. 1002 de este título, cuando el farmacéutico despacha recetas a los médicos, dentistas y veterinarios que estén debidamente autorizados al ejercicio de su profesión en Puerto Rico.