2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 502 - Ley para Regular los Turnos de Trabajo de los Médicos Internos y Residentes en Puerto Rico
§ 10006. Prohibición

Se prohíbe que en cualquier institución hospitalaria, pública o privada en Puerto Rico, establecer programas de internado o residencia que requieran turnos de trabajo a los médicos internos o residentes, que excedan las veinticuatro (24) horas de trabajo continuo e ininterrumpido en contacto directo o indirecto con el tratamiento a un paciente.