2020 Laws of Puerto Rico
Regla 45 - La Rebeldía
Regla 45.3. Facultad de dejar sin efecto una rebeldía

El tribunal podrá dejar sin efecto una anotación de rebeldía por causa justificada, y cuando se haya dictado sentencia en rebeldía, podrá asimismo dejarla sin efecto de acuerdo con la Regla 49.2 de este apéndice.