Los y las profesionales del Derecho que participen como recursos de educación jurídica continua o que ofrezcan cursos de Derecho a tiempo parcial en escuelas de Derecho de las universidades reconocidas por el Tribunal Supremo o por la American Bar Association, podrán recibir acreditación por esta función cuando presenten ante la Junta su solicitud y la certificación del proveedor o de la proveedora en la que conste su participación y horas de enseñanza.