2020 Laws of Puerto Rico
Regla 29 - Uso de las Deposiciones en los Procedimientos Ante el Tribunal
Regla 29.2. Objeciones a la admisibilidad

Con sujeción a las disposiciones de estas reglas, podrá presentarse objeción en el juicio o vista a la admisión en evidencia de cualquier deposición o fragmento de ésta, por cualquiera de los fundamentos que requeriría su exclusión si la persona testigo está entonces prestando declaración en persona.