2020 Laws of Puerto Rico
Regla 14 - Acumulación de Reclamaciones
Regla 14.2. Acumulación de reclamaciones contingentes

Cuando se trate de una reclamación que dependa para su ejercicio de que se prosiga otra reclamación hasta su terminación, estas dos reclamaciones podrán acumularse en el mismo pleito. El tribunal no resolverá la reclamación contingente hasta tanto se resuelva la reclamación principal.