2020 Laws of Puerto Rico
Regla 12 - Alegaciones en Cuanto a Terceras Partes
Regla 12.2. Cuándo podrá el demandante hacer parte a un tercero

Cuando por cualquier parte en el pleito se presente contra la parte demandante una reclamación, ésta podrá proceder en la misma forma que la parte demandada de acuerdo con la Regla 12.1 de este apéndice.