2020 Laws of Puerto Rico
Parte XI - Disposiciones Generales y Transitorias
Artículo 71. Leyes especiales

Toda ley que actualmente sea administrada o puesta en vigor por la Administración y sobre la cual no se disponga de alguna otra manera mediante las disposiciones de este Plan, se entenderá enmendada a los fines de facilitar la implantación de las disposiciones y propósitos del mismo. Dichas leyes deberán ser interpretadas de la manera más amplia y favorable a la implantación y los propósitos de este Plan. En caso de existir cualquier conflicto entre las disposiciones de cualquier ley y las disposiciones de este Plan, las disposiciones de este Plan prevalecerán sobre aquellas.