2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo II - Legitimación del Comprador y el Vendedor
§ 9951. Quiénes pueden otorgar la compraventa

(a) Los funcionarios, respecto de los bienes de cuya administración están o han estado encargados; o
(b) los jueces, árbitros, mediadores, abogados, procuradores y fiscales, respecto de los bienes litigiosos en los procesos que intervienen o hayan intervenido.