Para la adquisición y/o contratación de servicios profesionales en el Gobierno de Puerto Rico, será requisito mandatorio que el proveedor de servicios profesionales esté registrado en el Registro Único de Proveedores de Servicios Profesionales, bajo la categoría correspondiente y que cuente con la Certificación emitida por el Administrador. Sin embargo, esta disposición no será de aplicación a los profesionales de la salud que laboren en los hospitales, programas e instalaciones de la Administración de Servicios Médicos de Puerto Rico (ASEM), el Centro Médico y el Hospital Cardiovascular.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo IV - Compras del Gobierno
§ 9834a. Reglamento Uniforme de Compras y Subastas
§ 9834d. Deber de notificar cambios
§ 9834e. Publicación del Plan Anual de Adquisiciones del Gobierno Central
§ 9834f. Análisis anual del gasto gubernamental
§ 9834g. Métodos de licitación
§ 9834j. Compras excepcionales
§ 9834k. Adquisición y/o contratación de servicios profesionales
§ 9834l. Asesoramiento especializado para las compras
§ 9834m. Cumplimiento con la política de preferencias en compras