2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo III - Trámites Previos a la Votación
§ 979a. Divulgación y educación

No más tarde de los quince (15) días a partir de la aprobación de esta ley, el Presidente de la Comisión publicará y actualizará de manera constante en el portal de internet de la agencia un espacio prominente y titulado “Ley para Implementar la Petición de Estadidad del Plebiscito de 2020”, con el contenido de toda comunicación oficial que envíe o reciba relacionada con este capítulo, y cualquier otro documento o información que considere relevante para educar y orientar a los electores de manera objetiva y no partidista.