2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 63 - Cultivo de la Literatura
§ 956. Instituto de Literatura Puertorriqueña—Escritores, premiación y publicación del dictamen; concurso desierto

(a) Tendrán opción a los premios establecidos en las secs. 952 a 959 de este título todos los escritores puertorriqueños residentes o no residentes en Puerto Rico y los escritores extranjeros permanentemente domiciliados en Puerto Rico.
(b) La Comisión Ejecutiva estudiará cuidadosamente todas las obras publicadas por primera vez durante cada año natural, en el idioma español, y determinará la que, o las que, a su juicio, sean acreedoras a los premios, debiendo hacer público el dictamen final en o antes del 30 de junio del año siguiente. Al discernir los premios, entre obras de igual mérito, se preferirán aquéllas en las cuales palpite el ambiente puertorriqueño.
(c) Si la Comisión entendiere que ninguna de las obras es merecedora de la totalidad del premio o de un premio por una cantidad menor podrá otorgar los premios que crea razonables o declarar el concurso desierto y, en ese caso, el importe de los premios no otorgados se consignará en un fondo de reserva para ser adjudicado por el Instituto en cualquier otro año posterior en que concurrieren obras merecedoras de premio, o para ser invertido en la publicación de algún libro de mérito extraordinario, o para cualquier otro propósito cultural de análoga naturaleza.

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2020 Laws of Puerto Rico

Título 18 - Educación

Parte III - Actividades Educativas en General

Capítulo 63 - Cultivo de la Literatura

§ 931. Biblioteca Carnegie—Supervisión

§ 932. Biblioteca Carnegie—Bibliotecario

§ 933. Biblioteca Carnegie—Reglas que regirán el uso de libros

§ 934. Biblioteca Carnegie—Requisitos del bibliotecario y de su ayudante

§ 935. Biblioteca rodante—Organización

§ 936. Biblioteca rodante—Funcionamiento

§ 937. Museo de Historia, Antropología y Arte

§ 938. Museo de Historia, Antropología y Arte—Instalación en terrenos de la Universidad

§ 939. Museo de Historia, Antropología y Arte—Dirección, mantenimiento, personal

§ 940. Museo de Historia, Antropología y Arte—Transferencia de colecciones

§ 941. Museo de Historia, Antropología y Arte—Entrada pública

§ 942. Museo de Historia, Antropología y Arte—Exhibiciones rodantes

§ 943. Museo de Historia, Antropología y Arte—Sala en memoria de Franklin D. Roosevelt

§ 944. Funciones del Archivo Histórico transferidas a la Universidad

§ 945. Funciones del Archivo Histórico transferidas a la Universidad—Conservación y clasificación de documentos

§ 946. Funciones del Archivo Histórico transferidas a la Universidad—Indices

§ 947. Funciones del Archivo Histórico transferidas a la Universidad—Salida de objetos o documentos

§ 948. Funciones del Archivo Histórico transferidas a la Universidad—Copias certificadas de documentos

§ 949. Funciones del Archivo Histórico transferidas a la Universidad—Penalidades

§ 950. Funciones del Archivo Histórico transferidas a la Universidad—Archivos municipales como fuente de material

§ 951. Compilación histórica de acontecimientos del año

§ 952. Instituto de Literatura Puertorriqueña—Premios anuales

§ 953. Instituto de Literatura Puertorriqueña—Escritores elegibles

§ 954. Instituto de Literatura Puertorriqueña—Comisión que constituirá el Instituto; miembros

§ 956. Instituto de Literatura Puertorriqueña—Escritores, premiación y publicación del dictamen; concurso desierto

§ 957. Instituto de Literatura Puertorriqueña—Otorgamiento de los premios

§ 959. Instituto de Literatura Puertorriqueña—Asignación

§ 963. Antología de obras y trabajos literarios de autores puertorriqueños

§ 964. Antología de obras y trabajos literarios de autores puertorriqueños—Gastos

§ 965. Antología de obras y trabajos literarios de autores puertorriqueños—Reglas a fijarse por el Secretario de Educación; distribución

§ 967. Premios de periodismo—Asignaciones

§ 968. Premios de periodismo—Expedición del premio

§ 970. Bibliotecas públicas municipales—Uso de edificios públicos

§ 971. Bibliotecas públicas municipales—Superintendencia y recomendaciones del Secretario de Educación

§ 973. Bibliotecas públicas municipales—Reglamentación

§ 975. Recibo de fondos, libros y facilidades bibliotecarias de EE. UU.—Secretario de Hacienda, deberes en cuanto a fondos bibliotecarios

§ 976. Sala Eugenio María de Hostos—Creación

§ 977. Programa Rafael Martínez Nadal