Para llenar las vacantes que pudiesen ocurrir en los puestos de bibliotecario o de subbibliotecario, ya sea con carácter temporal o permanente, serán requisitos indispensables: (1) haber residido en Puerto Rico por lo menos dos (2) años con anterioridad a la fecha del nombramiento; (2) conocer los idiomas castellano e inglés; (3) haber tenido por lo menos dos (2) años de práctica en trabajos modernos de bibliotecas; y, Disponiéndose, además, que dichas plazas de bibliotecario o de subbibliotecario no podrán permanecer vacantes por un término mayor de seis (6) meses, siempre que haya para cubrirlas candidatos que reúnan las condiciones prescritas por las secs. 931 a 934 de este título.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Parte III - Actividades Educativas en General
Capítulo 63 - Cultivo de la Literatura
§ 931. Biblioteca Carnegie—Supervisión
§ 932. Biblioteca Carnegie—Bibliotecario
§ 933. Biblioteca Carnegie—Reglas que regirán el uso de libros
§ 934. Biblioteca Carnegie—Requisitos del bibliotecario y de su ayudante
§ 935. Biblioteca rodante—Organización
§ 936. Biblioteca rodante—Funcionamiento
§ 937. Museo de Historia, Antropología y Arte
§ 938. Museo de Historia, Antropología y Arte—Instalación en terrenos de la Universidad
§ 939. Museo de Historia, Antropología y Arte—Dirección, mantenimiento, personal
§ 940. Museo de Historia, Antropología y Arte—Transferencia de colecciones
§ 941. Museo de Historia, Antropología y Arte—Entrada pública
§ 942. Museo de Historia, Antropología y Arte—Exhibiciones rodantes
§ 943. Museo de Historia, Antropología y Arte—Sala en memoria de Franklin D. Roosevelt
§ 944. Funciones del Archivo Histórico transferidas a la Universidad
§ 946. Funciones del Archivo Histórico transferidas a la Universidad—Indices
§ 947. Funciones del Archivo Histórico transferidas a la Universidad—Salida de objetos o documentos
§ 949. Funciones del Archivo Histórico transferidas a la Universidad—Penalidades
§ 951. Compilación histórica de acontecimientos del año
§ 952. Instituto de Literatura Puertorriqueña—Premios anuales
§ 953. Instituto de Literatura Puertorriqueña—Escritores elegibles
§ 954. Instituto de Literatura Puertorriqueña—Comisión que constituirá el Instituto; miembros
§ 957. Instituto de Literatura Puertorriqueña—Otorgamiento de los premios
§ 959. Instituto de Literatura Puertorriqueña—Asignación
§ 963. Antología de obras y trabajos literarios de autores puertorriqueños
§ 964. Antología de obras y trabajos literarios de autores puertorriqueños—Gastos
§ 967. Premios de periodismo—Asignaciones
§ 968. Premios de periodismo—Expedición del premio
§ 970. Bibliotecas públicas municipales—Uso de edificios públicos
§ 973. Bibliotecas públicas municipales—Reglamentación