(a) Arroz.— Significa el grano o semilla de la planta cereal Oryza sativa.
(b) Arroz íntegro.— Grano o semilla al que simplemente se [le] ha quitado el hollejo o cáscara pero retiene, no obstante y sustancialmente, el salvado, de suerte que contiene no menos de 1.35 miligramos de tiamina (vitamina B1), 0.3 miligramos de riboflavina, 16.0 miligramos de niacina y 13.0 miligramos de hierro por libra.
(c) Arroz semihervido (parboiled rice).— Arroz que, antes de quitarle el hollejo o cáscara, antes de descascararlo, ha sido sometido a un medio hervor y secado, de suerte que aún después de pulido contiene no menos de 1.2 miligramos de tiamina (vitamina B1), 0.15 miligramos de riboflavina, 16.0 miligramos de niacina y 13.0 miligramos de hierro por libra.
(d) Arroz fortalecido (fortified rice).— Significa arroz pulido de la apariencia y color que se consume en la actualidad en Puerto Rico, al cual se añade tiamina (vitamina B1), niacina y hierro, de suerte que contiene no menos de 2.0 miligramos de tiamina (vitamina B1), 16.0 miligramos de niacina y 13.0 miligramos de hierro por libra; al lavársele en agua fría, en la forma que prescriba el Secretario, no ha de perder más del quince por ciento (15%) de su contenido de cada una de estas sustancias.
(e) Secretario.— Significa el Secretario de Salud de Puerto Rico.
(f) Persona.— Significa toda persona, natural o jurídica, razón social, corporación, asociación o cualquier otra entidad.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Parte III - Alimentos, Drogas y Cosmeticos
§ 881. Cualidades nutritivas del arroz—Definiciones
§ 883. Cualidades nutritivas del arroz—Reglamentación
§ 884. Cualidades nutritivas del arroz—Inspección y muestras; confiscación y destrucción
§ 885. Cualidades nutritivas del arroz—Suspensión durante escasez
§ 886. Cualidades nutritivas del arroz—Penalidades
§ 887. Cualidades nutritivas del arroz—Tribunal de Primera Instancia conocerá de infracciones