2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo IV - Medidas Transitorias
§ 845. Informe de integración

Se ordena al(la) Defensor(a) que someta al(a la) Gobernador(a), a la Oficina de Gerencia y Presupuesto y a la Asamblea Legislativa un Informe de Integración en el que se detallen los resultados de la Defensoría, la redistribución de los recursos y cualquier otra información solicitada por la Oficina de Gerencia y Presupuesto. Dicho informe deberá ser presentado durante los treinta (30) días siguientes al cierre del Año Fiscal 2015-2016.