2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 510 - Ley para Prohibir el Depósito y La Disposición de Cenizas de Carbón o Residuos de Combustión de Carbón en Puerto Rico
§ 8194. Penalidades

Toda persona natural o jurídica que viole cualquiera de las prohibiciones dispuestas en este capítulo, incurrirá en delito grave y se le impondrá una multa no menor de veinticinco mil dólares (25,000) por cada día que subsista la violación o pena de cárcel por un término de cinco (5) años, a discreción del tribunal.