2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 510 - Ley para Prohibir el Depósito y La Disposición de Cenizas de Carbón o Residuos de Combustión de Carbón en Puerto Rico
§ 8192a. Definiciones

(a) Cenizas.— Significará el contenido mineral de un producto que permanece después de una combustión completa.
(b) Cenizas de carbón.— Significará cualquiera de los dos (2) tipos de cenizas que resulta de la combustión de carbón; incluyendo ceniza pesada o de fondo (bottom ash) y ceniza liviana o volante (fly ash), incluyendo cualquier mezcla.
(c) Ceniza liviana o volante (Fly Ash).— Significará el material muy fino compuesto de partículas globulares, que se forman en una caldera durante el proceso de combustión de carbón para la generación de energía y que son recogidas en los gases producidos por la combustión en los sistemas de control de emisiones al aire.
(d) Ceniza pesada o de fondo (Bottom Ash).— Significará el material compuesto de partículas de cenizas angulares y gruesas formadas durante la combustión de carbón para la generación de energía, que, por ser muy grandes y pesadas, no son acarreadas por los gases de combustión por las chimeneas de humo y se acumulan en las paredes o en el fondo del horno de carbón.
(e) Depósito.— Significará acumulación y abandono sobre el terreno.
(f) Disposición.— Significará desechar definitivamente desperdicios sólidos mediante descarga, destrucción, depósito, inyección, dispersión o filtrado que se realice dentro del terreno o sobre este, a un cuerpo de agua o al aire. También se considerará disposición el procesamiento de desperdicios sólidos para convertirlo en materia prima para otro proceso o convertirlo en un producto reutilizable. La exportación también se considera disposición.
(g) Lixiviado.— Significará el líquido que se ha filtrado a través o drenado de los desperdicios sólidos y que contiene materiales o componentes de tales desperdicios solubles, parcialmente solubles o que se encuentran suspendidos.
(h) Residuo de caldera.— Significará la ceniza pesada derretida de calderas de fundición y hornos de tipo ciclón que se convierten en pellets que tienen un aspecto liso y vítreo después de que se enfría con agua.
(i) Residuo de combustión de carbón.— Significará los materiales resultantes de la combustión del carbón en plantas generadoras de energía; incluyendo cenizas livianas (fly ash), cenizas de fondo o pesadas (bottom ash); residuo de caldera (boiler slag); y el yeso desulfurizado de gases de combustión (flue gas desulfurization gypsum). Estos residuos se denominan conjuntamente “residuos de combustión de carbón” o “RCC”. Esta definición incluye cualquier mezcla de los RCC.
(j) Uso beneficioso de residuos de combustión de carbón encapsulados.— Significará un tipo de uso beneficioso comercial mediante el cual los RCC quedan adheridos a una matriz sólida, eliminándose o reduciéndose sustancialmente cualquier lixiviación y emisión de los componentes del RCC al medio ambiente o su descomposición. Esto incluye, pero no se limita, al uso del RCC y sus derivados como materia prima en la manufactura de cemento a usarse para la producción de bloques, adoquines u otro producto de hormigón o concreto; como material de relleno de productos de plásticos o goma; y en la manufactura de algún otro producto sólido.
(k) Uso beneficioso de residuos de combustión de carbón no encapsulados.— Significará cualquier uso beneficioso que no cumple con la definición de uso encapsulado, en el cual se usa como material secundario en forma suelta y no adherida, y que involucra la colocación de éste sobre el terreno. Esto incluye uso de RCC y sus derivados en proyectos de construcción como relleno estructural, modificación y/o estabilización del terreno; agregado en bases o sub-bases de carreteras y pavimentación, entre otros.
(l) Yeso desulfurizado de gases de combustión (FGD).— Significará el material producido a través del proceso de reducción de emisiones de dióxido de azufre (SO) de una caldera de combustión de carbón.