Todos pueden pescar en cauces públicos, sujetándose a las leyes y reglamentos de policía que especialmente sobre la pesca puedan dictarse, siempre que no se embarace la navegación y flotación.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Parte IV - Aprovechamientos Comunes de las Aguas Publicas
Capítulo 85 - Aprovechamientos Comunes de las Aguas Públicas
Subcapítulo II - Aprovechamiento de las Aguas Públicas para la Pesca
§ 811. Pesca en cauces públicos
§ 812. Pesca en canales, acequias o acueductos