2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo III - Comisión Conjunta Sobre Mitigación, Adaptación y Resiliencia al Cambio Climático
§ 8014. Comisión Conjunta sobre Mitigación, Adaptación y Resiliencia al Cambio Climático

(a) Estudiar, evaluar, informar, hacer recomendaciones, enmendar y aprobar el Plan de Mitigación, Adaptación y Resiliencia al Cambio Climático sometido por el Comité de Expertos y Asesores sobre Cambio Climático, según establecido en este capítulo, para ser presentado al Pleno de ambos Cuerpos Legislativos. Para ello se dispone que una vez recomendado el Plan de Mitigación, Adaptación y Resiliencia al Cambio Climático conforme lo establecido en la sec. 8012b de este título, la Comisión Conjunta tendrá no más tarde del 31 de octubre de 2021 para presentar el Plan simultáneamente a ambos Cuerpos de la Asamblea Legislativa.
(b) Examinar, investigar, evaluar y estudiar todo lo concerniente a la mitigación, adaptación y resiliencia al cambio climático;
(c) Dar seguimiento periódico a los trabajos para la consecución del Plan de Mitigación, Adaptación y Resiliencia al Cambio Climático y cualquier propuesta relacionada a los propósitos de este capítulo para la reducción de las emisiones de gases de efecto de invernadero, la transición a la energía renovable y estrategias de adaptación;
(d) Evaluar e informar a la Asamblea Legislativa en torno al estudio de todas las medidas legislativas radicadas en ambos Cuerpos Legislativos concernientes al cambio climático;
(e) Redactar, presentar y enmendar proyectos de ley, resoluciones y medidas sustitutivas relacionadas al cambio climático y sus efectos en los distintos sectores;
(f) Recomendar el uso de fondos del Fondo General, para el cumplimiento de la política pública enunciada en este capítulo;
(g) Realizar cualquier otra función asignada mediante Resolución Concurrente.