2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo VI - Programa de Prevención de la Contaminación
§ 8006b. Facultades del Departamento respecto a los desperdicios sólidos

(a) Designar, conforme a un Plan Regional para el Manejo de Desperdicios Sólidos, las Regiones para el Manejo de los Desperdicios Sólidos en el Gobierno de Puerto Rico, cada una con las instalaciones necesarias de trasbordo, procesamiento y recuperación y disposición final. El Departamento podrá reorganizar o reestructurar las regiones o subregiones según sea necesario para mantener las operaciones de procesamiento y disposición final de los desperdicios sólidos en forma económica y ambientalmente segura. Toda persona, según se define en este capítulo, deberá ceñirse a dicho plan, el cual forma parte integral de la política pública.
(b) Establecer un programa y facilidades para controlar la ubicación y procedimientos para descartar, recolectar, almacenar y disponer o vender los desperdicios de chatarra y cualquier otro material recuperado como metales, vidrio, papel, etc.
(c) Determinar, fijar, imponer y alterar tarifas u otros términos y condiciones por los servicios de las instalaciones públicas o privadas para recolección, procesamiento, recuperación, disposición final o almacenamiento de los desperdicios sólidos en Puerto Rico.
(d) Solicitar, aceptar y obtener la cooperación, ayuda técnica y económica de agencias federales (de conformidad con lo dispuesto en la Ley Federal de Desperdicios Sólidos, Resource Conservation and Recovery Act, la Ley Federal de Contaminación de las Aguas, Federal Water Pollution Act, según han sido enmendadas y cualquier otra ley federal que se apruebe a estos efectos) y estatales o municipales e industrias y otras entidades particulares para llevar a cabo los fines de este capítulo.
(e) Establecer, mediante reglamentos, los requisitos que a su juicio sean necesarios para el control de las operaciones públicas o privadas de recolección, transbordo, procesamiento, recuperación y disposición final de desperdicios sólidos, incluyendo peligrosos.
(f) Adoptar reglas y reglamentos para establecer un mecanismo de permisos y licencias que controlen las actividades operacionales de recolección, trasbordo, procesamiento y recuperación de desperdicios sólidos, incluyendo peligrosos.
(g) Preparar y desarrollar proyectos y programas para el control, manejo, reducción y disposición de desperdicios sólidos así como para el reciclaje y reutilización de desperdicios.
(h) Adoptar reglas y reglamentos y dictar órdenes que establezcan las normas operacionales, en armonía con el Plan Integral para Puerto Rico, para la recuperación, uso, almacenamiento, recolección, separación, compactación, procesamiento y disposición final de desperdicios sólidos, incluyendo peligrosos.
(i) Llevar a cabo las funciones necesarias y razonables de planificación y desarrollo de política pública sobre las operaciones de manejo y disposición de desperdicios sólidos en Puerto Rico.
(j) Ejercer sus poderes para requerir, dirigir, controlar y hacer cumplir la entrega del flujo de los desperdicios sólidos y la entrega de los mismos a determinadas facilidades de disposición; podrá delegar a un municipio el poder para requerir, dirigir, controlar y hacer cumplir la entrega del flujo de los desperdicios y la entrega de los mismos a determinadas facilidades de disposición; o podrá ejercer concurrentemente con cualquier municipio el poder para requerir, dirigir, controlar y hacer cumplir la entrega del flujo de los desperdicios y la entrega de los mismos a determinadas facilidades de disposición.
(k) Requerir a toda persona o entidad sujeta a su jurisdicción que radique ante ella los informes y realizar inspecciones o investigaciones necesarias para lograr los propósitos de este capítulo.
(l) Establecer acuerdos para delegar a los municipios y/o entidades gubernamentales, total o parcialmente, el poder de administrar, requerir, dirigir, controlar y hacer cumplir la entrega del flujo de desperdicios sólidos hacia determinadas facilidades de manejo y disposición de desperdicios sólidos.
(m) Todo nuevo proyecto de construcción propuesto, solicitud de permiso de uso, y/o renovación de permiso de operación comercial, industrial, de vivienda múltiple, y/o de control de acceso deberá someter un plan de manejo de materiales reciclables al Departamento para ser aprobado previo a expedirse cualquier nuevo permiso de construcción, de uso o renovación de permiso de operación de los antedichos. La aprobación de este plan de manejo de materiales reciclables por parte del Departamento será requisito indispensable para obtener cualquier nuevo permiso de construcción, de uso o renovación de permiso de operación por la Oficina de Gerencia de Permisos (OGPe). A esos fines, se faculta y se ordena al Secretario(a) a adoptar reglas y reglamentos para hacer cumplir este requisito de ley.