2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 801 - Ley Habilitadora de la Reforma Contributiva
§ 8004. Implantación

(a) El sistema impositivo deberá desarrollarse como una unidad integral y no como un grupo de disposiciones separadas e independientes.
(b) Se promulgará una carta de derechos del contribuyente que defina los derechos de éstos, y garantice la administración justa de la actividad impositiva.
(c) Ampliar la base contributiva incorporando a las personas o entes que no participan actualmente en la responsabilidad de financiar los programas y servicios públicos y que funcionan en el marco de la economía informal.
(d) Reducir las tasas impositivas al ingreso.
(e) Reducir el impuesto sobre el ingreso a las pequeñas empresas combinado con la eliminación de la doble tributación.
(f) Reconocer y estimular el trabajo.
(g) Desarrollar un código de rentas internas que integre la legislación de carácter impositivo, simplificando y armonizando las disposiciones administrativas y penales.
(h) Desarrollar un sistema de penalidades severo, ágil y sencillo que promueva el cumplimiento voluntario del pago de los impuestos y disuada su evasión.
(i) No se podrá recurrir al mecanismo de amnistía contributiva para el financiamiento de la gestión pública.